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Falta de comparecencia

Si bien servir como jurado es a menudo inconveniente, el derecho a un juicio con jurado es un privilegio garantizado por la Constitución de los Estados Unidos y el estado de California. Para preservar este derecho constitucional, es importante que cumpla con su deber cívico y sirva cuando lo llamen.

La ley establece que la corte puede encontrar a un posible miembro del jurado en desacato a la corte, castigado con multas, encarcelamiento o ambos. La corte también puede optar por imponer sanciones monetarias en lugar de imponer sanciones por desacato a la corte de la siguiente manera:

  • Primera violación $250
  • Segunda violación $750
  • Tercera violación $1,500

Si no se presenta al servicio de jurado, debe comunicarse con la oficina del comisionado del jurado al (530) 623-1201 lo antes posible para evitar la imposición de sanciones monetarias.

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